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Martes 07 de Julio de 2009 10:40

La norma obliga desde 2010 a circular con ABS y ralentizador

LP Digital.- El pasado 1 de julio entró en vigor el nuevo Acuerdo Europeo ADR 2009 para el transporte de mercancías peligrosas, que actualiza con modificaciones el vigente desde 2007. El nuevo texto incluye unas prescripciones técnicas mínimas para los vehículos en relación con dispositivos como el ABS y el ralentizador, que serán obligatorios para determinadas clases al margen de su fecha de matriculación o de que hayan realizado o no con anterioridad transportes ADR.

Entre otros aspectos, el ADR 2009 introduce algunas modificaciones en el contenido de la carta de porte que, en algunos casos, obligará a las empresas a realizar modificaciones en las plantillas que actualmente están utilizando o en las aplicaciones informáticas que generan dichas cartas de porte.

Por otro lado, cuando se vaya a realizar un recorrido que pase por un túnel con restricciones deberá indicarse en la carta de porte el código de paso por túneles (en mayúsculas) que corresponda a la mercancía peligrosa a transportar. Asimismo, cuando los medios de retención vacíos sin limpiar que contengan restos de mercancías peligrosas distintas de las de la clase 7 se devuelvan al expedidor podrán ser igualmente utilizados los documentos de transporte preparados para el transporte de estas mercancías en los medios de retención en los que han sido utilizados en origen, si bien la indicación de la cantidad debe ser suprimida para añadir “retorno en vacío, sin limpiar”.

El ADR 2009 establece también que todo transporte de mercancías peligrosas deberá ir acompañado de instrucciones escritas para el conductor sobre cómo actuar en caso de emergencia y en las que figuren las características del peligro, así como el equipamiento del vehículo y de protección individual que debe ir a bordo del mismo.

En relación con las mercancías embaladas en cantidades limitadas, la nueva norma establece que a partir del 1 de enero de 2011 los expedidores informarán, antes de un transporte, de la masa bruta total de mercancías a transportar LQ, al tiempo que las unidades de transporte de este tipo de mercancías en cantidades limitadas deberán señalizarse tanto si la masa bruta de la unidad es superior a 12 toneladas como si la masa bruta total a transportar en cantidades limitadas supera las ocho toneladas.

Finalmente, el nuevo ADR establece una nueva regulación sobre las materias peligrosas para el medio ambiente acuático además de fijar que todo trabajador implicado en esta clase de transporte debe recibir la formación correspondiente antes de comenzar a desempeñar sus tareas en el puesto de trabajo. 

Fuente: Logística profesional

http://www.tecnipublicaciones.com 

Noticia del 6 de Julio de 2009