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Jueves 30 de Julio de 2009 16:40

La tarifa de USD 25 empezó a subir desde marzo de 2006. Ese mismo año en diciembre, hubo otro aumento. Foto:EL COMERCIOLa Corte Constitucional ratificó el carácter público de los recursos derivados de los cobros de los servicios aeroportuarios y la nulidad de una Ordenanza

Redacción Quito

Los recursos que se cobran por la tarifa aeroportuaria pertenecen al Estado. Así lo sentenció la Corte Constitucional, ente jurisdiccional de última instancia.

Desde marzo de 2006, Quiport, concesionaria del nuevo aeropuerto de Tababela, tuvo la potestad para cobrar las tarifas aeroportuarias con la autorización del Municipio, apelando a la Ordenanza 154 aprobada por el Concejo Metropolitano.

Esa resolución especifica que, “conforme con lo previsto en el numeral 2,8 de la cláusula 2 del contrato de concesión, es derecho exclusivo del Concesionario (Quiport) el recaudar, recibir y retener las tarifas aeroportuarias por los servicios que preste”.La cláusula 2,8 está en la página 34 del contrato de concesión, suscrito en 2002 entre la Corporación Aeropuerto de Quito y la Canadian Commercial Corporation (CCC). Allí se señala que las tarifas “se aumentarán automáticamente en la fecha efectiva y en cada aniversario de la fecha efectiva, de acuerdo con el Índice de Precios del Consumidor (IPC) de Estados Unidos y el IPC del Ecuador”.

Sin embargo, el fallo de  la Corte Constitucional, con fecha 23 de julio de 2009, refiere que se ratifica el carácter público de los recursos derivados de los cobros de los distintos servicios aeroportuarios, tanto en el Mariscal Sucre de Quito como en los demás aeropuertos del país.

Las estadísticas de la concesionaria Quiport indican que en el aeropuerto Mariscal  Sucre se registra un promedio de 600 000 pasajeros anualmente. En 2005, dejaron una recaudación de USD 15 millones. Pero en 2007, la cifra se incrementó a USD 18 960 000.

La concesionaria sostiene que todo lo recaudado por tasas aeroportuarias, tanto para los pasajeros como para las aerolíneas, representa un 35% del total de los ingresos de esa entidad.

La Ordenanza 154 reza que las tasas se modificarán automáticamente, sin otra ordenanza ni requisitos. La polémica del incremento en los precios de la tasas aeroportuarias que pagan los pasajeros y las aerolíneas incluso llegó a la Defensoría del Pueblo. Pero el caso aún no se canaliza.

Mientras tanto, el valor del incremento en las tasas aeroportuarias, que ahora es USD 40,80, significa un aumento de alrededor del 60% en relación con  la tarifa que estuvo vigente durante la suscripción del  contrato (USD 25), ver infografía.

Pero dentro del fallo de la Corte se “declara la inconstitucionalidad por conexidad de la Ordenanza 154”. En el literal 7 del fallo también se declara inconstitucional “crear, modificar, incrementar o extinguir las tasas aeroportuarias vía contrato”.

Allí, además, se expresa que se dispone que  los poderes públicos e interesados adecúen sus actos y contratos, públicos y privados, al régimen constitucional vigente expuesto en la sentencia, “so pena de que sus actuaciones pierdan eficacia jurídica”.

Carlos Pólit, contralor general del Estado, afirmó días antes que si se recibía una respuesta y favorable de la Corte Constitucional se iniciarían los exámenes a la Corporación Aeroportuaria de Quito (Corpaq).

La Contraloría, luego de efectuar un informe sobre el contrato para la construcción del nuevo aeropuerto de Tababela, recomendó el análisis del plan financiero  “esperamos que la Corpaq, que es del Municipio  lo haya realizado. Yo me mantengo en el informe, se lo hizo con gente de alta capacidad”, dijo Pólit.

Agregó que espera que la Corpaq cumpla las propias decisiones del Municipio de Quito, que en Concejo decidió acoger las recomendaciones emitidas por la Contraloría.

Diego Pachel, director de la Corpaq, no quiso pronunciarse sobre el pronunciamiento de la Corte Constitucional. “Estoy a punto de dejar mi cargo. Por respeto, serán las nuevas autoridades las encargadas a referirse sobre este tema”.

Nina Pacari fue una de los seis jueces que votaron en favor del fallo. Según ella, el documento entrará en vigencia luego que sea publicado en el Registro Oficial, en tanto, tampoco puede pronunciarse sobre los alcances que tendrá el documento.

Este Diario buscó la versión de la concesionaria Quiport, a cargo de la construcción del aeropuerto, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.

Fuente: El Comercio. Quito, Ecuador.

 

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